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Línea ICO MRR Empresas y Emprendedores
¿Cuál es el objetivo de la convocatoria?:
Fomentar la inversión por medio de la adquisición de activos, modernización de instalaciones, compra de maquinaria, la expansión de la empresa, la gestión financiera de empresas y emprendedores mediante préstamos en condiciones favorables, como tipos de interés competitivos y plazos de amortización flexibles, para mejorar el acceso al crédito para proyectos empresariales, y la digitalización de las empresas.
Podrán ser beneficiarios los autónomos y empresas privadas con interés español, con independencia de su tamaño y sector de actividad, que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos.
Además, en esta Línea se incluyen dos tramos específicos:
- Tramo Turismo: autónomos o empresas privadas del sector turístico con interés español, con independencia de su tamaño, que estén dadas de alta en determinados CNAE.
- Tramo del PERTE de la Nueva Economía de la Lengua: universidades españolas, públicas o privadas.
Esta financiación será compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones, siempre que no provengan de los fondos europeos.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?: Ayuda Disponible
Descripción de la financiación
El presupuesto global de esta convocatoria es de 8.150 millones de euros.
El importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Se podrá financiar hasta el 100% del proyecto o las necesidades de liquidez.
La financiación podrá formalizarse bajo la modalidad de préstamo, leasing, renting o línea de crédito.
Plazo de amortización y carencia:
- De 1 hasta 6 años con 0 ó 1 año de carencia de principal.
- De 7 hasta 9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia.
- De 10, 12, 15 y 20 años con 0, 1, 2 hasta 3 años de carencia.
La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial que en su caso aplique la Entidad de Crédito más el tipo de interés. La TAE no podrá superar los límites siguientes:
- Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable más hasta 2,30 %.
- Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable más hasta 4,00%.
- Para operaciones a un plazo igual o superior a 5 años: tipo fijo o variable más hasta 4,30%.
Podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será como máximo del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se podrá aplicar una comisión máxima del 0,50%, en función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización.
En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.
¿Qué cubre esta ayuda?
Proyectos de inversión de autónomos, pymes y universidades realizados en España o en el exterior, siempre que exista un interés español. Se entiende que hay interés español cuando las inversiones se realizan en España, o fuera de España cuando existe participación, directa o indirecta, de la empresa española en el capital social de la sociedad extranjera titular de la financiación y/o existen suministros de equipos y/o servicios por empresas españolas en el proyecto ejecutado fuera de España.
Se financiarán los siguientes tipos de proyectos:
- Proyectos de inversión y necesidades de capital circulante. Serán financiables las necesidades de capital circulante asociadas al proyecto de inversión siempre que representen hasta el 50% del total de la inversión total (fija y circulante).
- Proyectos de empresas del sector turístico que promuevan la sostenibilidad del sector turismo, la digitalización y la recualificación de los recursos humanos y equipamientos y el incremento de su competitividad y resiliencia. Entre otros, proyectos orientados hacia la desestacionalización, diversificación y distribución territorial de los flujos turísticos y la modernización del tejido empresarial turístico: Serán financiables las necesidades de capital circulante asociadas al proyecto de inversión. siempre que representen hasta el 50% del total de la inversión total (fija y circulante).
- Proyectos relacionados con la transformación digital e IA en las universidades. No serán financiables las necesidades de capital circulante asociadas al proyecto de inversión.
Todos los proyectos deberán cumplir con el principio de No Causar Daño Significativo (DNSH).
La financiación no podrá destinarse a refinanciar, reestructurar o renegociar operaciones de financiación vivas del destinatario de la financiación, ni a su cancelación anticipada total o parcial. Asimismo, no podrán financiarse las necesidades de liquidez derivadas del pago de deudas prexistentes.
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- ¿Dónde tramitarla?: las solicitudes se tramitarán a través de este link.
Ayuda sujeta al régimen de minimis
Línea ICO MRR Empresas y Emprendedores
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