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INPYME 2025

Plazo de presentación:
11/04/2025

¿Cuál es el objetivo de la convocatoria?:

Impulsar la sostenibilidad, la digitalización, la cooperación, la internacionalización, la capacitación, el desarrollo del talento y la competitividad de la industria, reconociendo su papel clave como motor de crecimiento económico y empleo de calidad mediante:

  • La creación de un nuevo establecimiento industrial.
  • La ampliación o mejora de un establecimiento existente.
  • La diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento.

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda?: Ayuda Disponible

Descripción de la financiación

El presupuesto global destinado a esta convocatoria asciende a 48.600.000 €.

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 €, IVA excluido, salvo para los sectores de la industria del deporte, la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual, que será de 10.000 €, IVA excluido.

La cuantía de la subvención será del 30% del total de los gastos subvencionables, o del 50% en el caso de inversiones en municipios prioritarios para la reindustrialización.

El límite máximo de subvención por empresa establecido asciende a 200.000 €.

Estas ayudas se acogen al régimen de minimis. En consecuencia, la suma de las ayudas minimis concedidas en España a la misma pyme beneficiaria, considerada como única empresa, en los tres años anteriores a la concesión de esta subvención, no podrá ser superior a 300.000 €.

¿Qué cubre esta ayuda?

Los siguientes tipos de costes:

  • Maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales.
  • Mejoras en maquinaria y equipos existentes.
  • Adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales
  • Costes relacionados con la protección de la propiedad intelectual.
  • Costes para la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos, composiciones, sistemas o procesos industriales.
  • Contratación externa de ingeniería industrial, siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión.
  • Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Solo se subvencionará el arrendamiento financiero de los activos si éste incluye obligación de adquisición.

La puesta en funcionamiento de los activos subvencionados deberá producirse entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de finalización del plazo de justificación.

    • ¿Dónde tramitarla?: las solicitudes se tramitarán a través de este link.

Ayuda sujeta al régimen de minimis

Convocatoria.

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Consejería de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
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